Buscando Propietario Perdido, Parte 2

3 min de lectura

Debes guardar los objetos perdidos por un tiempo, pero no para siempre.

P. Puse una nota respecto a los abrigos perdidos que encontré, pero nadie vino a buscarlos. ¿Qué hago ahora?

R. Hemos discutido qué esfuerzos deben se hechos para buscar al propietario de un objeto perdido. Examinemos ahora lo que debemos hacer si esos esfuerzos no rinden frutos.

Como vimos antes, la Torá ordena (Deuteronomio 22:2):

Y si tu hermano no está cerca, o no sabes quién es, guárdalo en tu casa y estará contigo hasta que tu hermano te lo pida, luego devuélveselo”.

Desafortunadamente, “hasta que tu hermano te lo pida” podría ser mucho tiempo. Más aún, es evidente que no sólo tenemos que guardar el objeto perdido, sino que también tenemos que cuidarlo. Después de todo, el versículo de arriba habla de un toro o una oveja, que no pueden ser amontonados en el ático para olvidarnos de ellos. De hecho, la Mishná da instrucciones detalladas de qué tipo de mantenimiento es requerido para cada tipo de objeto.

Si encuentras libros, debes leerlos una vez cada 30 días [El pergamino debe ser aireado con esa periodicidad]… Si encuentras una prenda, debes sacudirla cada 30 días. Y puedes exhibirla para su propio beneficio, pero no para utilizarla. Utensilios de plata y cobre [que se deslucen si no son utilizados] pueden ser utilizados, pero no [hasta] que se gasten. Utensilios de oro y vidrio [que no se deslucen] no deben ser tocados hasta la llegada de Eliahu [el profeta, quien vendrá en el momento de la redención y resolverá nuestras incertidumbres legales] (1).

Está empezando a parecer que estás atada de por vida a tus abrigos perdidos. Pero de la Mishná anterior vemos que las cosas no están tan mal:

Todo lo que produce y come, déjalo producir y comer. Y si come pero no produce, entonces puede ser vendido. Como está escrito: “Y regrésalo a él”, [es decir], examina la mejor manera de devolvérselo a él. ¿Qué deberíamos hacer con el dinero [entonces]? Rabí Tarfón dice: lo puede utilizar (2).

La inferencia del versículo parece ser de la palabra regresarlo “a él”, el dueño tiene que beneficiarse con la devolución. Si tiene que pagar por meses de mantenimiento de su animal no hay nada que devolver, por lo que sería mejor vender el animal y ahorrarle los costos de mantenimiento. También se entiende que cualquier cosa fácilmente reemplazable puede ser vendida inmediatamente, dado que no hay ninguna pérdida al recuperar el dinero en lugar del objeto (1).

Los abrigos en tu guardarropas no comen, pero existe un costo de almacenamiento que tienes derecho a cobrarle al propietario. Hoy en día no es común pedirle al propietario el dinero, pero si guardar el objeto se convierte en una carga con seguridad puedes venderlos (por ejemplo a un negocio de segunda mano) y guardar el dinero como depósito para el propietario. Si no los puedes vender y no piensas que el propietario te pagará el dinero que tú evalúes que corresponde por el almacenamiento, entonces lo mejor es que des las prendas a caridad.

Para resumir, deberías guardar los abrigos por las pocas semanas en que tienes grandes posibilidades de entrar en contacto con el dueño. Luego, es loable guardarlos por más tiempo por la probabilidad de que encuentres al dueño posteriormente, el Talmud cita varias historias de sabios que fueron más allá de lo estricto de la ley guardando objetos perdidos (3). Pero si el guardarlos es una carga para ti, también está permitido vender los objetos. Si el dueño alguna vez te encuentra, puedes darle el dinero.

FUENTES: (1) Talmud Babilónico Baba Metzía 29b (2) Talmud Babilónico Baba Metzía 28b (3) Talmud Babilónico Baba Metzía 24b.

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